lunes, 12 de marzo de 2012

DECRETO DE UNIFICACIÓN (1937)

“Llegada la guerra a punto muy avanzado y próxima la hora victoriosa urge ya acometer la gran tarea de la paz, cristalizando en el Estado nuevo el pensamiento y el estilo de nuestra Revolución Nacional. Unidos por un pensamiento y una disciplina común los españoles todos han de ocupar su puesto en la gran tarea:
Esta unificación (…) precisa tener en cuenta que (…) Falange Española y Requetés han sido los dos exponentes auténticos del espíritu del alzamiento nacional iniciado por nuestro glorioso Ejército el diecisiete de julio.
Como en otros países de régimen totalitario, la fuerza tradicional viene ahora en España a integrarse en la fuerza nueva. Falange Española aportó con su programa masas juveniles, (…) los Requetés [aportaron] junto a su ímpetu guerrero, el sagrado depósito de la tradición española (…)

Por todo lo expuesto,

DISPONGO:
Artículo 1°. Falange Española y Requetés, con sus actuales servicios y elementos, se integran bajo Mi Jefatura, en una sola entidad política de carácter nacional, que de momento se denominara Falange Española Tradicionalista y de las JONS.
Esta organización, intermedia entre la Sociedad y el Estado, tiene la misión principal de comunicar a Estado el aliento del pueblo y de llevar a este el pensamiento de aquél a través de las virtudes político-morales, de servicio, jerarquía y hermandad (…)
Quedan disueltas las demás organizaciones y partidos políticos.

Artículo 2°. Serán órganos rectores de la nueva entidad política nacional el Jefe del Estado, un Secretariado o Junta Política y el Consejo Nacional (…).

Artículo 3°. Quedan fundidas en una sola Milicia Nacional las de Falange Española y de Requetés conservando sus emblemas y signos exteriores. (…)
La Milicia Nacional es auxiliar del Ejército.
El Jefe del Estado es Jefe Supremo de la Milicia. (…)
Dado en Salamanca a diecinueve de abril de mil novecientos treinta y siete.
FRANCISCO FRANCO
Boletín Oficial del Estado (Burgos), 20 abril de 1937“.




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